Términos y condiciones
1. Definiciones
1.1 Programa de pasajero frecuente Recorrer Nuevo Expreso(en adelante Recorrer): Es el Programa de pasajeros frecuentes de Empresa Ciudad de Gualeguaychú SRL (en adelante Nuevo Expreso), mediante el cual, se acumulan puntos viajando por todas las rutas donde la empresa tiene servicios propios y compartidos con otras empresas; todo ello sujeto a las condiciones y requisitos que mas adelante se detallan.
El programa de pasajero frecuente Recorrer Nuevo Expreso, forma parte de una alianza de diversas empresas adherentes bajo el nombre de Recorrer. A través de esta alianza es posible la utilización de los puntos acumulados entre las distintas empresas que adhieren a la alianza y según las restricciones de cada empresa participante. Las empresas participantes podrán consultarse en la web www.clubrecorrer.com
El Programa Recorrer Nuevo Expreso, no implica la existencia de un convenio de ninguna naturaleza entre Nuevo Expreso, y el Socio, siendo los premios de Recorrer Nuevo Expreso, una forma de recompensar al pasajero por elegir los servicios de la empresa, para quienes estos beneficios, salvo por lo indicado en este reglamento, tienen un carácter gratuito.
1.2 Titulares/ Socio de Recorrer: Son titulares las personas físicas que han completado el formulario web de inscripción cuya solicitud ha sido aceptado por Recorrer Nuevo Expreso y que su calidad de Socio no haya sido revocada o dejada sin efecto conforme a las normas del presente Reglamento.
La cuenta es unipersonal, reconociendo un único titular, pero admitiendo la posibilidad de socios adicionales vinculados a la cuenta del titular.
Será responsabilidad de cada socio conocer las presentes Condiciones Generales de Uso que reglamentan el Programa, y sus actualizaciones que se publican en el sitio web de Recorrer Nuevo Expreso (www.nuevoexpreso.com)
1.3 Los Beneficiarios de los canjes podrán ser el cónyuge, los ascendientes y descendientes en línea recta en primer grado de consanguinidad y los hermanos, que hayan sido nombrados por el titular admitiendo hasta 2 pasajes canjeados por un mismo servicio (titular y acompañante).
1.4 Puntos Recorrer: Es la unidad de medida del Programa Recorrer, según indica en el Capítulo 4 de este Reglamento.
1.5 Estado de Cuenta: Es la información donde el Socio podrá consultar vía web , la cantidad de puntos que posee. Dicho Estado de Cuenta, será información dada acerca de los movimientos en la cuenta del Socio y los adicionales que tenga a cargo.
1.6 Numero de Socio Recorrer: Es la identificación numérica del Socio en el Programa Recorrer después de ser aprobada la solicitud de ingreso a dicho programa.
1.7 Premios: Beneficios que pueden obtenerse canjeando los puntos Recorrer, según describe en la Guía de Beneficios del Socio.
1.8 Guía de Beneficios del Socio: Documento que explica a los Socios, los beneficios y premios que otorga el Programa Recorrer, la forma y requisitos de hacer uso de dichos premios y los términos y condiciones que deben satisfacerse para ello.
1.9 Tabla de Premios: Es la tabla confeccionada por Recorrer, la cual puede ser modificada periódicamente, según Nuevo Expreso determine, indicando los puntos necesarios para solicitar un determinado premio. La misma estará publicada en www.nuevoexpreso.com
1.10 Certificado de Premio: Certificado otorgado por Recorrer que da cuenta del otorgamiento de un determinado premio donde el pasajero frecuente firma y aclara que recibió el premio otorgado.
2. Condiciones de Ingreso
2.1. Solamente las personas físicas mayores de dieciocho (18) pueden adherirse al programa “Recorrer”, como Participantes Titulares. La adhesión al programa Recorrer es gratuita y se puede realizar exclusivamente mediante la pagina web www.nuevoexpreso.com.
Los adicionales que sean mayores a 5 años y que paguen boleto podrán ser integrantes del grupo familiar. Aquellos menores que paguen el seguro, pero que no abonen el boleto no podrán sumar puntos como adicionales.
La aceptación de los Términos y Condiciones de Adhesión al Programa Recorrer se materializará mediante el uso que el Participante realice respecto de su membresía o de la aceptación firmada de los mismos, lo que ocurra primero. En el caso de que se produzcan actualizaciones en los Términos y Condiciones de Adhesión al Programa Recorrer la aceptación de los mismos se materializará mediante el uso que el Participante realice respecto de su membresía, con posterioridad a la entrada en vigencia de las actualizaciones. Los Términos y Condiciones se aplicará a todas las transacciones bajo el Programa Recorrer que afecte al Participante con posterioridad a la aceptación por Recorrer de la solicitud de adhesión la que se exteriorizará través del envío del mail de aceptación del participante.
2.2. Recorrer podrá razonablemente rechazar cualquier solicitud de adhesión por cualquier razón incluyendo -pero no limitado- las establecidas en el Punto 2.5, de los presentes Términos y Condiciones de Adhesión.
2.3. Cualquier cambio de los datos entregados deberá solicitarse por escrito y con la correspondiente firma del Socio. No se aceptarán cambios solicitados en forma verbal, salvo para cambiar el domicilio y el número de teléfono. Para efectuar los cambios respectivos, el Socio puede enviar una carta al Programa Recorrer, o vía mail.
2.4. Se considerará membresías ilegales a todas aquellas que no se obtengan por lo medios establecidos en el Punto 2.1. Quedará automáticamente fuera del Programa Recorrer y no gozará de los beneficios que el Programa Recorrer brinda a las membresías autorizadas. Recorrer se reserva el derecho de iniciar las acciones que correspondan contra cualquier persona que intente un uso fraudulento de una membresía.
2.5. Recorrer podrá cancelar cualquier adhesión sin previo aviso, toda vez que considere que el Participante Titular no cumpliere con los Términos y Condiciones de Adhesión y abusara de cualquier privilegio concedido bajo el Programa Recorrer, proveyera información falsa a Recorrer u otra entidad participante, pretendiera vender sus puntos a tercero o no utilizare su membresía por un período ininterrumpido doce (12) meses.
2.6. El Participante podrá cancelar su adhesión al Programa Recorrer, previa notificación por escrito a Recorrer.
2.7. Finalizada la adhesión por cualquier causa, los puntos existentes en la cuenta del Participante perderá todo valor, y deberá ser cerrada.
2.8. Por el hecho de completar el formulario de inscripción web el Socio acepta recibir las Guías de Beneficios de Socios, y demás comunicaciones que Recorrer envíe periódicamente, que se relacionen o no con el Programa Recorrer. La forma y periodicidad de envío de los Estados de Cuenta, Guía de Beneficios de Socios, y demás comunicaciones, la determinará libremente Nuevo Expreso; pudiendo al efecto, utilizar medios físicos (tales como correo público o privado), electrónicos (cuenta e-mail u otros), o personalmente en las boleterías de retiro.
3. Membresía
3.1. Las membresías Recorrer no son tarjetas de crédito, ni de compra ni de descuento, no sirven como medio de pago y en todo momento son propiedad de Recorrer.
3.2. Toda membresía Recorrer, es estrictamente personal e intransferible. El uso inadecuado, impropio o en desacuerdo con las condiciones y términos aquí establecidos de cualquier membresía Recorrer, podrá significar la eliminación el Programa Recorrer, con la correspondiente caducidad de todos los puntos Recorrer acumulados, sin perjuicio de las acciones legales a que haya lugar.
3.3. No se permite el traspaso de puntos Recorrer entre las cuentas del Programa Recorrer. Para efectos de solicitar un premio, no podrán sumarse puntos Recorrer de diferentes cuentas del Programa Recorrer a excepción de los participantes que se encuentren como adicionales en la funcionalidad grupo familiar de la aplicación Recorrer.
3.4. En ningún caso Nuevo Expreso será responsable, por la utilización indebida que pudiera hacer un tercero de la membresía ni por los daños y los perjuicios que tal circunstancia pudiera ocasionar al participante. En este sentido no responderá en caso de robo, hurto, pérdida o extravío de la membresía ni por las recompensas obtenidas por extravío empleando sin autorización la membresía Recorrer, ni por los puntos que sean deducidos de las cuentas de los participantes en tales circunstancias o en cualquier otra que contraríe la voluntad de los mismos.
4. Puntos Programa General Nuevo Expreso.
4.1. El Participante recibirá un (1) Punto Recorrer por cada un peso ($ 1), en la compra de pasajes de ómnibus de la empresa Nuevo Expreso.
4.2. Los Puntos serán acreditados en la cuenta del Participante. Cuando se trate de Puntos originados por la compra de pasajes en Nuevo Expreso, deberá constar en el boleto correspondiente, él numero de socio del Participante para que la acreditación sea automática, siendo responsabilidad del Participante hacer constar él numero de socio en el boleto al momento de la compra.
4.3. Para obtener Puntos, el Participante deberá manifestar que es socio del programa cada vez que realice una contratación antes de materializar la transacción. Recorrer no se responsabiliza por cualquier error u omisión del Participante en informar a Nuevo Expreso su condición de tal y el hecho de que la compra o uso del servicio se realiza bajo el Programa Recorrer.
4.4. Recorrer determinará periódicamente cuales servicios calificará para otorgar Puntos y la cantidad que se acreditarán a la cuenta del Participante, por la contratación de dichos servicios.
Los Puntos serán imputados a la cuenta de los Participantes por la compra de pasajes y otros servicios bajo las condiciones fijadas por Recorrer.
4.5. Recorrer, podrá deducir de la cuenta del Participante, cualquier Punto acreditado por error y cualquier Punto relacionado con una transacción que fuera cancelada o revertida.
4.6. Los Puntos Recorrer no tienen valor monetario y no podrá ser canjeados por dinero en ninguna circunstancia.
4.7. No se enviaran resumen de cuenta mensuales.
4.8. Los puntos obtenidos por las compras o contrataciones efectuadas serán computables en el marco del programa Recorrer y no podrá ser utilizados en promociones y/o cualquier otro programa implementado por Nuevo Expreso
4.9. La relación entre el puntaje a obtenerse en el monto de la compra y la relación de puntos/ pesos para cambiar por los premios podrá ser variada en cualquier momento y a solo criterio de Nuevo Expreso.
4.10 No podrán adherirse a este programa personal de las empresas participantes o sus familiares directos.
5. Canje de Puntos Recorrer por premios:
5.1. El titular podrá elegir una recompensa dentro de las que figuran en el catálogo vigente al momento del canje siempre que, a través de las compras y/o contrataciones realizadas con su Recorrer haya acumulado la cantidad de puntos necesarios para dicha recompensa. a) Cuando se trate de Recompensas Inmediatas, tales como descuentos y/o bonificaciones en compra de bienes y/o servicios, el Participante podrá ejercer la opción con la sola presentación de la Recorrer que lo acredite como Participante.
5.2. Para solicitar un premio, el socio debe tener una membresía válida y él numero de puntos necesarios para el canje por el premio solicitado. El puntaje necesario para acceder a un premio será el indicado en la tabla de premios valida al momento de la solicitud.
5.3. La recompensa se solicita mediante un llamado telefónico al Centro de Atención Recorrer, en tal caso se instrumenta a través de un boleto abierto que el participante canjeara o utilizará. En los casos en que sea necesario realizar una reserva, el participante deberá realizarla antes de solicitar la recompensa al Centro de Atención Recorrer
5.4. Para solicitar un premio, el Socio debe comunicarse telefónicamente a Recorrer Nuevo Expreso (011-4912-6777 o 011-4912-1237) para realizar el canje de los puntos obtenidos e informar donde lo recibirá dentro de los lugares establecidos para tal fin por el programa Recorrer
5.5. Los boletos abiertos canjeados por los puntos, tendrán una validez de (60) días corridos contados a partir de la fecha de emisión.
Si en el lapso de (60) días la recompensa no fuese utilizada, no se devolverán los puntos y el boleto canjeado carecerá de valor.
5.6. Los premios que se entreguen se otorgaran a nombre del participante titular y/o beneficiarios asignados por este. Queda prohibido a los participantes ceder los beneficios que otorgan el programa a terceros ya sea a titulo gratuito u oneroso.
5.7. Cada vez que el titular solicite y obtenga un premio, le será descontados inmediatamente de su cuenta, los puntos correspondientes a la recompensa solicitada según catalogo vigente.
5.8. La cantidad de puntos correspondientes al premio Recorrer solicitado será descontados de la cuenta del Pasajero.
5.9. En los casos que la Recompensa cuente con una reserva previa, ya no podrá modificarse para ser utilizada fuera de la fecha prevista.
5.10. Todas las Recompensas están sujetas a disponibilidad, no asumiendo Recorrer ningún tipo de responsabilidad por la no disponibilidad de Recompensas , cualquiera fuera la causa de dicha disponibilidad. En los casos en que la Recompensa solicitada no pudiere ser obtenida por causas imputables a Nuevo Expreso, Recorrer podrá proveer una Recompensa alternativa de valor similar.
5.11. La solicitud de una Recompensa implica la autorización del Participante Titular y beneficiario de la Recompensa en favor de Recorrer para la utilización de sus imágenes, voces, datos personales y domicilios y los de sus familiares con fines comerciales, en los medios y formas que Recorrer determine, sin derecho a compensación alguna, por el plazo de seis (6) meses contados a partir de la solicitud de la Recompensa.
5.12. Condiciones generales para las Recompensas.
(a)- Las reservas, según tipo de Recompensa y el Proveedor, pueden requerir un mínimo de antelación para realizar las mismas.
(b)- Todos los pasajes de recompensa son de clase semi cama, salvo cuando se indique lo contrario.
(c)- Las tasas y/o impuestos que origine cualquier pasaje de recompensa estará a cargo del Participante de Recorrer Nuevo Expreso.
(d)- Las Recompensas están especificadas por persona, salvo cuando se indique lo contrario.
(e)- una vez emitidos los Cupones de Recompensas y efectuadas las reservas no será posible realizar cambios, cancelaciones ni endosos.
(f)- Las Recompensas no son aplicables conjuntamente ni acumulables con otro tipo de oferta, promoción o recompensa que establezca Nuevo Expreso.
(g)- Los canjes de Recompensas que los Participantes pretendan instrumentar mediante el procedimiento señalado en el inciso (a) de la cláusula 5.1, todas las recompensas están sujetas a disponibilidad, no asumiendo Recorrer ningún tipo de responsabilidad por la falta de disponibilidad de recompensas, cualquiera fuera la causa de dicha disponibilidad.
5.13. Los puntos obtenidos caducarán cuando en un período de 18 meses desde la última acreditación no haya registrado ningún movimiento en la cuenta. Por lo tanto, transcurrido dicho período sin registro de movimiento, la cuenta pasará a tener automáticamente saldo cero.
6. Vigencia del Programa:
6.1. La vigencia del Programa será de 36 meses y será valido en todos los lugares, regiones y ciudades que Nuevo Expreso determine.
6.2. Nuevo Expreso se reserva el Derecho de concluir o suspender el Programa en cualquier momento, notificando tal decisión con 30 (treinta) días de anticipación a la fecha de cierre, por medio de su pagina de Internet. En todo caso, Recorrer hará todo lo posible por comunicar previamente y con una anticipación prudente la conclusión del Programa a sus Socios, a fin de que puedan utilizar los puntos acumulados.
6.3. Durante dicho plazo los participantes tendrán derecho a cambiar sus puntos por premios según Tabla de beneficios vigentes al momento de dicha comunicación. Con la terminación del programa caducaran en forma automática los puntos y toda obligación asumida por Nuevo Expreso bajo estos Términos y Condiciones.
7. Generalidades:
7.1. La participación en el Programa Recorrer está sujeta a los términos y condiciones aquí establecidos, los que pueden cambiar, periódicamente, a sola discreción de Recorrer.
Todo cambio en los términos y condiciones será de observación obligatoria para los Socios a los 30 días de su notificación por cualquier medio. Esto incluye el derecho a modificar la Guía de Beneficios del Socio, modificar la tabla de premios, el sistema de acumulación de Kilómetros, el sistema de concesión de premios y la participación de otras organizaciones en el Programa.
7.2. Recorrer no será responsable, en ningún caso, por pérdidas o daños que pudieran resultar de la conclusión del Programa Recorrer o cambios o modificaciones del mismo.
7.3. Todos los premios y beneficios están sujetos a cambio y disponibilidad, siendo de exclusiva responsabilidad del Socio solicitar la correspondiente reserva válida y cumplir todas las demás etapas necesarias para el goce de los mismos.
7.4. Recorrer no será responsable de ninguna pérdida, perjuicio, demora o daños resultantes de los beneficios conectados con el Programa Recorrer o cualquier premio o beneficio ofrecido.
7.5. Recorrer no será responsable por los errores u omisiones que, a pesar de todas las precauciones tomadas, pudieran producirse en la información relativa a cualquier parte del Programa Recorrer. Tampoco será responsable por la demora, pérdida o entrega equivocada de la correspondencia dirigida al Socio.
7.6. Recorrer no será responsable por los premios otorgados por Empresas Asociadas, siendo estas las únicas responsables frente al Socio por los premios que otorguen.
CLAUSULA 8.
Cuando un pasajero frecuente realice la compra de un pasaje en alguna de las Agencias que comercializan los servicios de la Empresa Nuevo Expreso y esta no posea sistema, El agenciero tendrá que llamar a la cabecera habitual donde solicita butaca e informarle al agenciero él numero de socio para que le cargue los puntos correspondientes.
Los participantes tendrán 30 días desde el momento de la compra para realizar el envío y poder acreditarle el puntaje. Solo se aceptaran los comprobantes de boletos originales.
CLAUSULA 9
Nuevo Expreso se reserva el derecho de modificar las presentes condiciones generales.
CLAUSULA 10
Las presentes Condiciones Generales de Uso se regirán, cumplirán y ejecutarán conforme a las leyes y normas argentinas, en todo lo que expresamente no se haya modificado en las mismas, conforme a la autonomía de la voluntad de los contratantes. Toda controversia que se suscite entre las partes con relación a este contrato, su existencia, validez, calificación, interpretación, alcance, cumplimiento o resolución, se someterá a la competencia de la jurisdicción de la Ciudad de Buenos Aires, renunciando a cualquier otra jurisdicción.